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RemuneracionesPublicado 8 may 2025

Desde mayo 2025: el ingreso mínimo subió a $529.000

El 1 de mayo de 2025 entró en vigencia el primer tramo de la Ley 21.751. El ingreso mínimo mensual pasó de $500.000 a $529.000. Si no actualizaste el sueldo de tu trabajadora, estás en mora legal.

Desde mayo 2025: el ingreso mínimo subió a $529.000

El 1 de mayo de 2025, el ingreso mínimo mensual subió de $500.000 a $529.000. Si el sueldo de tu trabajadora estaba al mínimo y no lo actualizaste, la diferencia acumulada hasta hoy ya supera los $200.000 en deuda laboral.

El aumento

La Ley N° 21.751 estableció el primer tramo: desde el 1 de mayo de 2025, el ingreso mínimo mensual es $529.000, un incremento de $29.000 respecto a los $500.000 anteriores.

Ese mismo año, el segundo tramo entró en vigencia el 1 de enero de 2026: el mínimo subió a $539.000. Y desde el 1 de mayo de 2026 rige la Ley 21.830, que lo fijó en $553.553 — ese es el monto vigente hoy.

¿Cuánto se acumula si no actualicé?

Si el sueldo era $500.000 y no se actualizó en mayo de 2025:

PeríodoDiferencia mensualMesesTotal
Mayo–dic. 2025$29.0008$232.000
Ene–abr. 2026$39.0004$156.000
Total$388.000

Esa cifra es deuda laboral con reajuste e intereses. La trabajadora puede reclamarla en cualquier momento mientras esté vigente el contrato, o hasta dos años después del término.

Qué hacer si tienes una brecha

  1. 1Verifica el monto pactado en el contrato actual.
  2. 2Si está bajo $553.553 —el ingreso mínimo vigente desde el 1 de mayo de 2026 (Ley 21.830); antes eran $539.000—, corrígelo de inmediato con un anexo de modificación de remuneración.
  3. 3Si hay diferencia acumulada del pasado, regularizarla de forma voluntaria es mejor que esperar una denuncia o fiscalización.

GoLegit alerta cuando el sueldo pactado en el contrato está por debajo del ingreso mínimo vigente, antes de generar la liquidación mensual.

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