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Fija y aplica nueva tasa de contribución de patentes comerciales (Ñuñoa)

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Fija y aplica nueva tasa de contribución de patentes comerciales (Ñuñoa)

Artículo s/n-1

1.-
Fíjese y aplíquese a contar del 1 de julio del 2025, la Nueva Tasa de Contribución de Patentes Comerciales, la cual ascenderá al dos y medio por mil sobre el capital propio o aquel registrado en la iniciación de actividades presentada ante el Servicio de Impuestos Internos, de los contribuyentes domiciliados dentro del siguiente polígono, denominado Barrio Italia: . Al norte: Calle Caupolicán. . Al sur: Avenida Irarrázaval. . Al oriente: Avenida Salvador. . Al poniente: Calle Condell (ambas veredas).
2.-
Se deja establecido que el valor por doce meses de la patente comercial respectiva, no podrá ser inferior a 1 unidad tributaria mensual, ni superior a 8.000 unidades tributarias mensuales.
3.-
Publíquese en el Diario Oficial el presente decreto alcaldicio, antes del 1 de enero del año 2025, en cumplimiento a lo indicado en el artículo N° 24 del decreto de ley N° 3.063, del Ministerio del Interior, sobre Rentas Municipales.