Art. 23
Artículo 23
Por los servicios que se indican más adelante se pagarán los siguientes derechos:
1. Informe elaborado por funcionarios municipales a
petición de particulares, dispuesto por el/la Alcalde/sa
2.
Certificado de cualquiera naturaleza
Excepto los emanados de la Dirección de Obras cuyo valor es
Se eximen los certificados de deuda de derechos de aseo.
entre 0,1 a 100 UTM
0,20 0M
Sin Miguel
Comeno Fuerte
Secretaría Municipal
3. Fotocopia simple de documentos, por carilla
4. Fotocopia simple de planos, por metro lineal
0,001 UTM
0,15 UTM
5. Informe respecto del rol de patentes comerciales,
industriales, por cada número de rol
0,001 UTM
6. Cobro de costos directos de reproducción de la información
solicitada en el marco del artículo 18°, de la Ley N° 20.285
"Sobre Acceso a la Información Pública"
a. Fotocopia blanco y negro, carta, por sobre 10 hojas,
cada hoja
b. Fotocopia blanco y negro, oficio, por sobre 10 hojas, cada hoja
0,0009 UTM
0,001 UTM
C. Fotocopia blanco y negro, doble carta, por sobre 10 hojas,
cada hoja
0,0013 UTM
d. Fotocopia color, carta, por sobre 10 hojas, cada hoja
0,0065 UTM
e. Fotocopia color, oficio, por sobre 10 hojas, cada hoja
0,007 UTM
f. Fotocopia color, doble carta, por sobre 10 hojas, cada hoja
0,0075 UTM
g. Ploteo de planos, blanco y negro, por metro lineal
0,13 UTM
h. Ploteo de planos, color, por metro lineal
0,15 UTM
El/la Alcalde/sa podrá eximir del pago establecido en este numeral, previo informe favorable
de la Dirección de Desarrollo Comunitario, a través del Departamento de Acción y asistencia
Social, a las personas naturales que justifiquen el otorgamiento del beneficio, de acuerdo a
lo dispuesto en la Instrucción General N°6 del Concejo para la Transparencia sobre gratuidad
y costos directos de reproducción.
7. Certificado de dirección por cambio de nombre de calle
8. Traslado de negocios o industrias, por una sola vez
9. Traslado de negocio de alcoholes, por patente
exento de pago
2 UTM
10 UTM
20. Permida la naturalizad de lasoto resuelto por el/la Alcalde/sa
11. Venta de carbón, leña o parafina, mensual
12. Medición acústica mediante sonómetro, incluye informe
0,1 a 5 UTM
0,5 UTM
1 UTM
13. Ocupación del Teatro Municipal, por jornada.
Jornada mañana 09:00 a 14:00
Jornada tarde 16:00 a 22:00
1,5 UTM
1,5 UTM
Su Miguel
a Francia
Secretaría Municipal
Jornada menor a 3 horas
1,5 UTM
1 UTM
14. Ocupación del Centro Recreacional de Malloco, por jornada.
Martes a Domingo
Jornada mañana 09:00 a 14:00
4 UTM
Jornada tarde 15:00 a 19:30
4 UTM
Jornada completa 09:00 a 19:30
6 UTM
en ladera de eni tora de arcamen compararo personas naturara revio
de Acción y Asistencia Social, justifiquen el otorgamiento del beneficio. Asimismo, se exime
de este pago a las personas jurídicas sin fines de lucro, que así lo acrediten, para actividades
oficiales.
Con todo, quedarán exentos de pago los colegios pertenecientes al SLEP Santa
Rosa de la comuna de San Miguel.
15. Arriendo de Gimnasio Municipal (GOM) y Gimnasio Brasilia,
excluyendo las salas multiuso y cardiovascular y de máquinas.
Valores expresados en UTM.
1521 Arenas tucativos/la cona juridica privada, para eventos
1512 Arresatolo Ceptio dia co ordica privado, con fines
151.3 Arsario de corto/ola cona uritica pública, con fines de
a.
Arrendatario con personalidad jurídica pública o natural
con dirección en la comuna, con fines de desarrollo deportivo
/día completo
desarrol enario compenson
Arrendatario con personalidad jurídica privada, con fines de
Arrendatario con personalidad jurídica pública o natural,
Con fines de desarrollo toperativo /valor hora
d.
Arrendatario con personalidad jurídica pública o natural
con dirección en la comuna, con fines de desarrollo formativo
/valor hora
Arrendatario con personalidad jurídica pública o natural
con direcciona a conner con da nio de arrienda c
anual, con fines de desarrollo deportivo/valor hora
Arrendatario con personalidad jurídica pública o natural
con dietren dario compersona idad indie artica
anual, con convenio de vinculación con la municipalidad,
con fines de desarrollo deportivo/valor hora
GOM Brasil
UTM
UTM
26
5,5
15
3
10
2
4
1
0,7
0,3
0,5
0,15
0,25 0,1
0,17 0,05
0,15 0,05
Municipalidad de
San Miguel
una Frances
Secretaría Municipal
15.2 Valor por uso de salas multiuso
Valor para persona natural o jurídica de la comuna,
Por hora (tope 4 horas diarias u 8 horas semanales)
Valor para persona natural o jurídica de la comuna,
Por día (tope 2 días a la semana)
Valor persona natural o jurídica privada, solo para fines
Deportivos, por hora (tope 4 horas diarias u 8 horas
Semanales)
Valor persona natural o jurídica privada, solo para fines
Deportivos, por día (tope 2 días a la semana)
15.3 Valor por sala cardiovascular y/o maquinarias
Valor para persona natural o jurídica de la comuna,
por hora (tope 4 horas diarias u 8 horas semanales)
Valor para persona natural o jurídica de la comuna,
por día (tope 2 días a la semana)
Valor persona natural o jurídica privada, solo para fines
deportivos, por hora (tope 4 horas diarias u 8 horas
semanales)
Valor persona natural o jurídica privada, solo para fines
deportivos, por día (tope 2 días a la semana)
15.4 Valor por uso de pista, para clases particulares
hora soleros desorios del comuna, por hora tope
vola escuel reademia deportiva de a comuna por
oler notes deposiva fores de la comuna por hora
Valor escuela o academia fuera de la comuna, por hora
(tope 4 horas diarias u 8 semanales)
15.5 Valor por uso de salas multiuso, para clases particulares
dos profeso deportive del comuna, por hora (Cop 4
Valor escuela o academia deportiva de la comuna por hora
(tope 4 horas diarias u 8 semanales)
0,05
0,3
0,2
0,4
0,25
0,75
1
5
0,3
0,5
0,5
1
0,15
0,3
0,03
0,25
0,2
0,4
Municipalidad de
San Miguel
Fonda
Secretaría Municipal
Valor profesor deportivo fuera de la comuna, por hora
(tope 4 horas diarias u 8 semanales)
0,3
Volpe escoras diaraemia funa de la comuna, por hora
0,5
15.6 Valor por uso de salas cardiovascular y/o maquinas
Valor profesor deportivo de la comuna, por hora (tope 4
horas diarias u 8 horas semanales)
0,2
ope horas diarias emi eportiva de la comuna por hora
0,4
Yope proras deportivo sumade la comuna, por hora
5
Valor escuela o academia fuera de la comuna, por hora
(tope 4 horas diarias u 8 semanales)
1
Ningún club u organización podrá solicitar el uso gratuito o arriendo de un recinto deportivo,
por más de dos días a la semana, con un máximo de 4 horas diarias. Para el caso de
estarias bertas pati pase una fa que seil de comate, su ascendia al dub u
16 Arriendo de Centro Deportivo Soto Aguilar y Canchas de Tenis ubicadas en ex Federación
de Tenis Valores expresados en UTM por hora
Horario de baja demanda (hasta las 18:00hs)
Tarifa para vecinos
Tarifa para no vecinos
0,13 07M
Horario de alta demanda (de 18:01 a 22:00hs)
Tarifa para vecinos
Tarifa para no vecinos
020 0M
Arriendo de cancha para Profesores Particulares:
Para clases individuales (un alumno)
Profesores de la comuna
Profesores de fuera de la comuna
0,22 0M
Para clases grupales (máximo 6 alumnos por cancha)
Profesores de la comuna
Profesores de fuera de la comuna
0,17 UTM
0,25 UTM
Arriendo de cancha para Torneos:
Uso por hora (hasta 4 horas)
Uso por día completo (más de 4 horas)
Arriendo de recinto completo (ex Federación, 7 canchas), por día
2,3 Um
4UTM
Municipalidad de
San Miguel
Secretaría Municipal
Para efectos de exención de pagos y descuentos, se podrá acceder mediante solicitud
enviada al/la Alcalde/sa, previa evaluación de Dideco, quien se reserva el derecho de
entrega de beneficio, ya sea a personas naturales, instituciones públicas y organizaciones
con personalidad jurídica pública sin fines de lucro.
Para acreditar la calidad de vecinos del punto 16 de este artículo, el solicitante debera contar
con la tarjeta vecino.
Ningún club u organización podrá solicitar el uso gratuito o arriendo de un recinto deportivo,
por más de dos días a la semana, con un máximo de 4 horas diarias. Para el caso de
estudiantes becados, deben presentar el Registro Social de Hogares, su asistencia al club u
organización en la que participan y una cara que acredite su condición d becado/a.
17 Emisión de resolución de revalidación de patente de alcoholes,
por cada patente
18 Información entregada en soporte CD, por cada uno
Información entregada en soporte DVD, por cada uno
1 UTM
$400
$500
19 Bo seral de es el articos enrades de la y a bispo, conforme
0,10 UTM
20 Certificado prescripción multas TAG informadas al Registro
de Multas no Pagadas. (vigencia 30 días)
0,07 UTM
21 Certificado eliminación multas TAG del Registro de Multas
no Pagadas otras causales (vigencia 30 días)
0,07 UTM
22 Valor duplicado de certificado
0,035 UTM
Para efectos de exención de pago y rebaja, se podrá acceder mediante solicitud enviada al/la
Alcalde/sa, previa evaluación de Dideco, quien se reserva el derecho de entrega del
beneficio, ya sea a personas naturales, instituciones públicas y organizaciones con
personalidad jurídica pública.
TÍTULO XII
SOBRE TRANSPORTE DE RESIDUOS NO PELIGROSOS, DE ESCOMBROS Y DE RECICLAJE