Art. 409
Artículo 409
Las transgresiones a esta ordenanza serán sancionadas por el Juzgado de Policía Local, con
multas que fluctuarán entre 1 a 5 Unidades Tributarias Mensuales, sin perjuicio del retiro de los
elementos mediante los cuales se desarrolla la propaganda y publicidad, en los casos y formas que
en esta ordenanza se establecen.
TITULO VI
DE LA VIGENCIA
ArTIcUlo 412
La presente ordenanza, en su texto refundido y actualizado, empezará a regir desde el día
siguiente hábil de la publicación del decreto exento que la apruebe en la página web municipal."
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese. Firmado: Luis Sanhueza Bravo, Alcalde. Luis
Alberto Sandoval Gómez, Abogado, Secretario Municipal. Lo que comunico a Ud. para su
conocimiento y fines consiguientes.
& SECRETARIO E LUIS ALBERTO SANDOVAL GOMEZ
MUNICIPAL
SECRETARIO MUNICIPAL
Distribución:
- A todas las unidades municipales
- Archivo Oficina de Partes
REPUBLICA DE CHILE
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Secretaría Municipal
ACUERDO N° 2.054
MAT.: Aprueba modificación a la Ordenanza
Local de Propaganda y Publicidad.
SAN MIGUEL, 18 DE JUNIO DE 2019.
El Concejo, en Sesión Ordinaria N° 753, efectuada con fecha 18 de junio de 2019, ha adoptado ell
siguiente acuerdo, aprobado por los votos favorables del Alcalde don Luis Sanhueza y de los concejales
Ernesto Balcázar, Matías Freire, Patricia Hernández, Rodrigo Iturra, Erika Martínez, David Navarro, Carolina
Onofri y Francia Palestro.
1° Modifica la Ordenanza Local de Propaganda y Publicidad, en el siguiente sentido, conforme lo
propuesto por la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones y Dirección Jurídica, que pasa a formar
parte integrante del acuerdo:
d.
Agrega un artículo 16° bis con la redacción propuesta.
Sustituye el inciso 3° del artículo 33, en el sentido propuesto.
Modifica el artículo 34 en el sentido propuesto.
Modifica el inciso primero del artículo 38 en el sentido propuesto.
Modifica el inciso segundo del artículo 38, conforme al texto redactado por la Dirección
Jurídica a solicitud de la Comisión.
f. Modifica el artículo 41 en el sentido propuesto.
8. Modifica el texto de la ordenanza en el sentido de que en los párrafos donde se señale
solamente "propaganda" se sustituya por la expresión "propaganda y publicidad"
Se faculta al Alcalde para fijar el texto refundido de la referida ordenanza.
2° Comuníquese el presente acuerdo a todas las unidades municipales, para los fines que correspondan.
DAD DE S
E SUNICIPALO EUS ALBERTO SOADOVAL GOMEZ
MUNICIPAL 5
HUN
SECRETARIO MUNICIPAL
DISTRIBUCIÓN:
A todas las unidades municipales
Archivo Concejo
Archivo Oficina de Partes