Art. 10
Artículo 10
Los permisos y servicios que se señalan más adelante pagarán los siguientes derechos:
1. Duplicado de permiso de circulación por siniestro o
transferencia
0,15 UTM
2.
emio por triado deo de etimo otros,
3.
Certificado de empadronamiento para carros y
remolques, incluyendo placa
4.
Duplicado de criticado de empadronamiento para
5.
enticado de modificación en el registro de carros y
Placa provisoria de carros y remolques, incluye costo
duplicado placa
7.
Reemplazo de autoadhesivo verde, rojo o amarillo por
deterioro o siniestro
8.
Reemplazo de permiso de circulación de vehículos
convencionales a vehículos que cumplen las normas
de emisión del D. S. 211/91 del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones y otros
9. Obtención de primera licencia de conducir clases B, C Y D
10. Obtención de primera licencia de conducir clase E
11. Duplicado licencia de conducir cualquiera sea su clase
12. Cambio de domicilio en licencia de conducir
13. Control licencia clases B, C, DY F
14. Control de licencia clase E
15. Cambio de datos legalmente reconocidos en licencia de
conducir: nombre, RUT, etc.
16.
Eliminación de restricción
17. Ampliación o extensión a otras clases adicionales a las
licencias ya autorizadas, con excepción de las clases
profesionales
18.
Ampliación a licencia profesional, en cualquiera de
sus clases
19.
Control para conductores con licencia profesional
Clases Al y A2
1997
20.
Exámenes según art. 17 Ley 18.290 incluyendo
certificado
21.
Autorización a solicitudes de señalización de tránsito
para fines particulares. El valor de la señal deberá ser
pagado por el particular y adecuarse a las normas
vigentes
22.
Autorización anual para cuidadores de vehículos.
Incluye el valor de la credencial
23. Duplicado de credencial para cuidadores de vehículos
24.
Certificaciones por concepto de licencia de conducir
Libro conteniendo cuestionarios para exámenes de
licencia de conducir
0.1
0,5
0,25
0,15
0,5
UTM
UTM
UTM
UTM
UTM
0,17
UTM
0,15 UTM
0,70 UTM
0,50
UTM
0,25
UTM
0,10
UTM
0,50
UTM
0.40
UTM
0,10
0,40
0,45
0,50
0.45
0,25
UTM
UTM
UTM
UTM
UTM
UTM
0,15
UTM
0,12
UTM
0,05
UTM
0,08
UTM
0,05
UTM
28. Cericainos Renovacion de Material, para taxis Básicos,
27. Eliminación del Registro Comunal de Carros y
Remolques
28. Fotografia licencia de conducir
29. Recuperar Clase Al y/o A2 ley 18.290 otorgada antes del
08.03.1997
30. Certificación por examen psicométrico
31. Cobren acana deso pa en general (por hora y vehiculo)
32. con por farga descana de ca el es de construción
uso público
33.
Certificaciones de recepción de medidas de mitigación
34.
Autorización de demarcación vial, para fines de ejecución de
Medidas de mitigación de estudios viales, valor día
0,3
UTM
0,15 UTM
$2.500
0,4
UTM
0,25
UTM
0,15 UTM
0,3
UTM
UTM
UTM
0.1
0,05 UTM
0,20 UTM
36. Certificaciones diversas.
erechos Municipales por aparcamiento de vehículos:
Metropolian cul ve nitios e de toda lican ten de en it de cose cua nieto es contro
entre la Municipalidad de San Miguel y el Ministerio de Obras Públicas, cuyo objeto fue la creación de un
por cometo altar de untala de vehicula explotado a la coma de con cesión, alarán corechos
los valores y procedimiento de cobro tarifario que se establecen en el punto 1.12.4 y siguientes de las
resa pian aes de lealin que raderon el proceso de citación de esa concesión, los que se pubican
TITULO V
DERECHOS RELATIVOS A LOS PERMISOS
PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES LUCRATIVAS
AR pero a para el edercidio de actividades lucralivas pagarán los siguientes derechos
municipales:
". unos amaiento de circas, por dia (sólo se autorizarán
2. Funcionamiento de parques de entretenciones, por día
0,15 UTM
0,15
UTM
3.
Corridas, torneos, espectáculos públicos, conciertos,
recitales y similares, por día
0,5
UTM
4.
Permisos para expendio de frutas de temporada en la
vía pública, por día de funcionamiento
0,15
UTM
Permisos para expendio de frutas de temporada en
recintos particulares, por día de funcionamiento
0,05
UTM
5.
Ferias artesanales, de juguetes, de libros, de vestuario,
promocionales y similares:
En la vía pública, día de funcionamiento por stand
0.05
UTM
ta decitos particulares, dia de funcionamiento por
6.
Autorizaciones especiales transitorias para Fiestas
atas, Cadad Ley 19 25,no me un ma imo de tres
Fiestas Patrias, Navidad y Año Nuevo, por día
7.
8.
Permiso para la venta de seguro automotriz, por día
0,10
Permiso para la venta de pinos artificiales, tarjetas y
adornos navideños, por día de funcionamiento
9.
Eliminado
10.
e bien nara artes sapidias, valor diario por puesto
1) Patulares sin lines de lucro
0.05
11.
Partis a ratividades transitorias en recio privadio, por mes
12.
Permiso para actividades promocionales transitorias en
recinto privado, hasta seis meses consecutivos en un
año calendario, por mes
0,5
entos ca acidos concionales ve venta de deana entos
semestral o fracción de semestre
75
14. Filmaciones o eventos especiales con fines comerciales en
bien nacional de uso público, por dia o fracción de día
re quede l ta en atta cs sin ties de acobar. 5i el
estudiantes, estarán exentos de pago automáticamente.
15. Otros no clasificados, por día de funcionamiento
0,03 UTM
UTM
UTM
0,003 UTM
UTM
UTM
UTM
entre 3 y 15 UTM
0,25 UTM
munic paldady pelta gana, desas las adop generadas por oras por pinicos, la
TITULO VI
DERECHOS RELATIVOS A LAS CONCESIONES Y PERMISOS
POR INSTALACIONES EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO
derechos imperios de la colabue eque por mecien es de usu libio pesprn las sigulentes
1. Circo, por m2 de ocupación diaria
0,001 UTM
2. Parques de entretenciones, por m2 de ocupación diaria
0,01 UTM
3. Puestos de frutas de temporada, por m2 de ocupación
diaria
0,01 UTM
A. Peras aresanales, de les etes de los, de vestuario.
0,017 UTM
Mesas y toldos abiertos para atención de
público, anexas a establecimientos comerciales, tales
como fuentes de soda, salones de té, restaurantes y otros,
por semestre recien, por metro cuadrado
La publicidad que contengan mesas, toldos y sillas, que
ocupen el espacio público a que se refiere este número,
no estarán afectos a cobro por este concepto.
6. Retros con de serio pora vehicula ambas de bendina
7.
o de do sia bados en a eras dasicadas
valor m2 semestral
8.
9.
Kioskos de diarios y/o revistas con anexo de golosinas,
confites u otros, ubicados en arterias clasificadas en el
No "I" del art. 24, con un pago mínimo de 4 m2, valor
m2 semestral
10.
de 4 m2, valor m2 semestral
". Kio os dio dias y verias selestamente, con un
12. Ferias ire o chacareras, por dia de feria asignada en
13. Osuación de bien nacional de uso público por
a) Letreros, paletas, relojes y otros, por superficie ocupada por
la base de sustentación en la parte de su encuentro con el
poste o elemento soportante, valor semestral
Hasta 0,5 m2
Sobre 0,5 hasta 1m2
Sobre 1 m2, por cada 0,5 m2 adicional
b) Vallas, por base de sustentación, semestral
Los contribuyentes que tengan su empresa matriz en la
comuna y avisen su propio negocio, pagarán el 50% de
estos derechos
14. Ocupación de Bien Municipal, con un valor semestral de:
Hasta 0,5 m2
Sobre 0,5 hasta 1 m2
Sobre 1 m2 por cada 0,5 m2 adicional
15. Venta de seguro automotriz obligatorio, valor m2 diario
16. Puesto de Navidad, por m2 diario
17. Techos y refugios, por m2 diario
18. Garitas de movilización colectiva, por m2 de ocupación
diaria
19. Instalaciones
de pesaje de vehículos, por m2 de
ocupación diaria
0,065 UTM
0,02 UTM
0,15
UTM
0,10 UTM
0,10
UTM
0,07
UTM
0.01
0.01
UTM
UTM
2
3
4
0,25
UTM
UTM
UTM
UTM
2,00 UTM
3,00
0,25
UTM
UTM
0.03
UTM
0,01
UTM
0.002
UTM
0,003
UTM
0,005
UTM
20. Ocupación por elementos de mobiliario urbano instalados
ele nicas de comales de eso pecalce sin es esas,
En arterias Clasificación "I' art. 24 de esta ordenanza
UTM
En arterias clasificación "2' y '3' art. 24 de esta
ordenanza
UTM
21. Ocupació por po es instalados en bienes nacionales
telefónicas,
comunicaciones, de cable similares, anual
En arterias clasificación "I' art. 24 de esta ordenanza
UTM
En arterias clasificación '2" y '3" art. 24 de esta
ordenanza
UTM
22. Instalación de cilindros, pendones o similares, emblemas,
banderas, señaléticas y otros, semestral
En arterias Clasificación 'I" art. 24 de esta ordenanza
4
UTM
En arterias clasificación "2" y "3" art. 24 de esta
ordenanza
UTM
23. Postes sustentadores
Botes sus nadies de precios de combustibles de
semestral
6
UTM
24. Cabina telefónica sobre pedestal, semestral
En arterias clasificación "I" art. 24 de esta ordenanza
2
UTM
En arterias clasificación "2" y "3" art. 24 de esta
ordenanza
UTM
25. Letrero de señalización, valor de ocupación por dia
0,2 UTM
26. Otros no clasificados, por m2 de ocupación diaria
0,2
UTM
No estarán afectas al pago de derechos por concesiones y permisos por instalaciones en bienes
nacionales de uso público, aquellas obras o actividades realizadas por personas naturales o jurídicas,
La exención regirá por todo el tiempo que dure el servicio proporcionado o por aquel tiempo que
señale el respectivo decreto.
DERECHOS RELATIVOS A LA PROPAGANDA
0.25 UTM
0.25 UTM
0.5 UTM
0.05 UTM
Se sugiere eliminar los numeros 1 y 2
Revisión y control de taximetro, incluido sello y 0.07 UTM
otorgamiento de tarjeta reglamentaria
Página 10
Los permisos y servicios que se señalan más adelante pagarán los siguientes derechos:
Duplicado de permiso de circulación por siniestro o
transferencia
Permiso por traslado diario de vehículos y otros, según
artículo 14 letra c) Ley de Rentas Municipales
Certificado de empadronamiento para carros y remolques,
incluyendo placa
Duplicado de certificado de empadronamiento para carros
y remolques
Certificado de modificación en el registro de carros y
remolques
Placa provisoria de carros y remolques, incluye costo
duplicado placa
Reemplazo de autoadhesivo verde, rojo o amarillo por deterioro
o siniestro
Reemplazo de permiso de circulación de vehículos
convencionales a vehículos que cumplen las normas de emisión
del D. S. 211/91 del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones y otros
Obtención de primera licencia de conducir clases B, C y D
Obtención de primera licencia de conducir clase E
Duplicado licencia de conducir cualquiera sea su clase
0.12 UTM
0.05 UTM
0.25 UTM
0.12 UTM
0.12 UTM
0.25 UTM
0.15 UTM
0.15 UTM
WINOLO
0.50 UTM
0.25 UTM
0.15 UTM
0.1 UTM
0.5 UTM
0.25 UTM
0.15 UTM
0.5 UTM
0.17 UTM
Página 11
Cambio de domicilio en licencia de conducir
Control licencia clases B, C, Dy F
14. Control de licencia clase E
15. Cambio de datos legalmente reconocidos en licencia de
conducir: nombre, RUT, etc.
Eliminación de restricción
17. Ampliación o extensión a otras clases adicionales a las
licencias ya autorizadas, con excepción de las clases
profesionales
Ampliación a licencia profesional, en cualquiera de sus clases
19. Control para conductores con licencia profesional y Clases A1
y A2 otorgadas antes del 8 de marzo de 1997
Exámenes según art. 17 Ley 18.290 incluyendo certificado
Autorización a solicitudes de señalización de tránsito para
fines particulares. El valor de la señal deberá ser pagado por el
particular y adecuarse a las normas vigentes
Autorización anual para cuidadores de vehículos.
Incluye el valor de la credencial
Duplicado de credencial para cuidadores de vehículos
Certificaciones por concepto de licencia de conducir
WIN OSO
0.40 UTM
0.10 UTM
0.40 UTM
0.40 UTM
0.50 UTM
0.40 UTM
0.25 UTM
WInsto
0.12 UTM
0.05 UTM
0.08 UTM
0.45 UTM
0.45 UTM
Página 12
0.05 UTM
Libro conteniendo cuestionarios para exámenes de
licencia de conducir
Presentación de declaración jurada para acogerse a
beneficio establecido en inciso 2° del artículo 16 de la Ley de
Rentas Municipales
Eliminación del Registro Comunal de Carros y Remolques
Fotografía licencia de conducir
Recuperar Clase A1 y/o A2 ley 18.290 otorgada antes del
08.03.1997
Certificación por examen psicométrico
31.
uso público.
Cobro por carga y descarga en general (por hora y vehículo) en bien nacional de
Cobro por carga y descarga de materiales de construcción
para obra (por hora y vehículo) en bien nacional de uso público
Certificaciones de recepción de medidas de mitigacion
34. Autorización de demarcación vial, para fines de ejecución de medidas de
mitigación de estudios viales, valor dia
35. Autorización de instalación de señales de transito, para fines de Ejecución de
medidas de mitigación de estudios viales.
Valor por cada señal
36. Certificaciones diversas