Art. 7
Artículo 7
Las subvenciones se podrán otorgar para la
adquisición de bienes y servicios que
permitan apoyar proyectos basados en las siguientes áreas temáticas:
• ÁREA CULTURA: Apoyar la realización de capacitaciones y talleres para el desarrollo
de actividades artísticas, eventos y difusión de actividades culturales de la comuna.
• ÁREA DEPORTE Y RECREACIÓN: Desarrollar escuelas formativas,
campeonatos,
equipamiento e
implementación deportiva,
eventos de exhibición y talleres
recreativos, entre otros.
• ÁREA INFRAESTRUCTURA: Adquisición de bienes y servicios relacionados con
recuperación, reparación y mejoramiento de sedes comunitarias y espacios comunes,
que aporten a mejorar las condiciones de vida del barrio en que se encuentran. (Esto
excluye la intervención en bienes nacionales de uso público).
Los proyectos seleccionados en esta área, deberán al momento de materializarse,
contar con la expresa
autorización y/o visación
de las unidades técnicas que
corresponda, además de contar con los permisos municipales que les afecten.
• ÁREA SEGURIDAD CIUDADANA: Apoyo de actividades, que promuevan la participación
y responsabilidad comunitaria en la prevención social y situacional del delito. Dentro
de esta área, pueden señalarse, talleres preventivos de delincuencia, de seguridad
comunitaria, de acciones comunitarias en seguridad, alarmas comunitarias u otras
iniciativas relacionadas.
• ÁREA COMUNITARIA: Comprende los siguientes aspectos:
Integración y Asociatividad: Apoyar actividades
que potencien la coordinación de
acciones
solidarias y de
intearación social y que fortalezcan redes y lazos
comunitarios.
Equipamiento y Desarrollo: Comprende la adquisición de bienes para el desarrollo de
actividades comunitarias y de interés social tales como, equipos de sonido para
laleres.
eventos y/o
actividades,
cámaras
fotográficas para
trabajos
de la
organización,
computadores para desarrollo de actividades de la comunidad,
impresoras, data show, proyectores, insumos computacionales, menaje, etc., en
general comprende todo tipo de bienes que permitan llevar a cabo actividades de
interés social y que sirvan a los objetivos de la organización y por ende a la
comunidad.
Gestión Comunitaria: Promover la participación y responsabilidad de la comunidad a
través de sus organizaciones sociales, en la recuperación y mejoramiento de su
entorno y calidad de vida, realizando acciones y actividades que permitan fortalecer la
identidad y sentido de pertenencia de la organización, tales como: Talleres en
distintas áreas de interés comunitarios, capacitaciones a los miembros de la
organización y materiales que complementen el desarrollo de dichos talleres.
TITULO III
DE LOS REQUISITOS PARA POSTULAR