Desde el 1 de mayo de 2026, el ingreso mínimo mensual en Chile es $553.553 brutos (Ley 21.830). Entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2026 fue de $539.000. Si el sueldo de tu trabajadora quedó en el monto anterior, hay una diferencia que resolver.
El mínimo NO es proporcional a las horas, salvo en jornada parcial
Esta es la parte que más se confunde, y equivocarse sale caro.
La regla general del artículo 44 del Código del Trabajo es que «el monto mensual del sueldo no podrá ser inferior al ingreso mínimo mensual». Sin condiciones ni descuentos por horas.
El mismo artículo abre una sola excepción: «si se convinieren jornadas parciales de trabajo, el sueldo no podrá ser inferior al mínimo vigente, proporcionalmente calculada en relación con la jornada ordinaria». Y jornada parcial tiene una definición legal exacta — el artículo 40 bis: aquella «no superior a treinta horas semanales».
Traducido: si tu trabajadora tiene una jornada de más de 30 horas, le corresponde el mínimo completo de $553.553, aunque no llegue a las 42 horas. Una jornada de 33 o de 40 horas no da derecho a pagar menos.
Jornada legal vigente: desde el 26 de abril de 2026 la jornada ordinaria máxima puertas afuera bajó de 44 a 42 horas semanales (Ley 21.561, artículo 1 N° 19 letra a). Ese es el divisor del cálculo proporcional en jornada parcial.
| Horas semanales pactadas | Mínimo legal (desde el 1-may-2026) | Por qué |
|---|---|---|
| 42 horas (jornada completa) | $553.553 | Mínimo completo |
| 40 horas | $553.553 | Más de 30 h: no es jornada parcial |
| 33 horas | $553.553 | Más de 30 h: no es jornada parcial |
| 30 horas | $395.395 | Jornada parcial: proporcional |
| 25 horas | $329.496 | Jornada parcial: proporcional |
| 22 horas | $289.957 | Jornada parcial: proporcional |
| 15 horas | $197.698 | Jornada parcial: proporcional |
La proporcionalidad solo se aplica de 30 horas hacia abajo, con la fórmula $553.553 × horas_semanales / 42 (redondeo hacia arriba, porque el sueldo no puede quedar bajo el mínimo). Hasta el 25-abr-2026 el divisor era 44; desde el 26-abr-2028 será 40 (Ley 21.561 — reducción gradual).
¿Qué pasa si pago menos del mínimo?
Pagar por debajo del mínimo que corresponde a la jornada pactada es una infracción. La Dirección del Trabajo puede multar entre 1 y 5 UTM por trabajadora afectada (la UTM se reajusta cada mes: su valor vigente está en golegit.cl/herramientas/indicadores).
Además, la diferencia acumulada es deuda laboral con reajuste e intereses. La trabajadora puede reclamarla en cualquier momento mientras esté vigente el contrato o hasta 2 años después de terminado.
¿Necesitas actualizar el contrato?
Depende de cómo está redactado:
- Si dice "sueldo igual al ingreso mínimo mensual vigente": la actualización es automática, pero conviene dejar registro con un anexo.
- Si tiene un monto fijo ($539.000, $529.000 u otro): el anexo de modificación de remuneración es obligatorio.
Si usas GoLegit, los parámetros legales —ingreso mínimo, topes imponibles, tasas— se actualizan de forma centralizada. La liquidación refleja los valores vigentes sin que tengas que ajustar nada manualmente.
Última actualización: 27 de agosto de 2026 — incorpora el ingreso mínimo de $553.553 (Ley 21.830, vigente desde el 1-may-2026) y corrige la tabla por jornada: el mínimo proporcional aplica solo a jornada parcial (≤30 horas, Art. 40 bis); sobre 30 horas corresponde el mínimo completo (Art. 44).
