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Sueldo empresarial
Lo que te queda líquido del sueldo que te asignas por trabajar en tu propia empresa. Es una remuneración del Art. 31 N°6 de la Ley de la Renta: paga impuesto único de segunda categoría y no lleva seguro de cesantía ni gratificación, porque no hay contrato de trabajo.
Tu cuenta del mes
- Sueldo bruto asignado
- $1.500.000
- AFP (10% obligatorio)
- − $150.000
- Comisión de la AFP
- − $21.600
- Fonasa (7%)
- − $105.000
- Impuesto único (Art. 43)
- − $10.246
- Te queda líquido
- $1.213.154
Cotizar es voluntario en el sueldo empresarial, y nunca lleva seguro de cesantía. El impuesto único lo entera quien recibe la renta, no la empresa. Calculado con los indicadores de agosto de 2026.